Cataluña
El TSJC da dos meses a la Consejería de Enseñanza para suprimir la inmersión lingüística obligatoria
La Justicia apremia a la consejera Rigau para que el castellano ‘no quede reducido en su uso al de objeto de estudio de una asignatura más, sino que se haga efectiva su utilización como lengua docente y vehicular de la enseñanza’.
Redacción
Viernes, 2 de septiembre de 2011 | 14:53
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha emitido dos autos por los que establece ‘un plazo máximo de dos meses para que por la consejera de Enseñanza de la Generalidad de Cataluña se adopten cuantas medidas estime precisas para adaptar el sistema de enseñanza a la nueva situación creada por la declaración de la Sentencia 31/2010 del Tribunal Constitucional que considera también al castellano como lengua vehicular de la enseñanza en Cataluña junto con el catalán’.
El TSJC desestima el argumento presentado por la Generalidad en un escrito del 13 de julio que defendía ‘que para poder garantizar la exigencia legal del pleno dominio de las dos lenguas oficiales catalana y castellana al finalizar la enseñanza obligatoria es necesario continuar con el actual modelo educativo’ de inmersión lingüistica escolar obligatoria exclusivamente en catalán.
Así, considera que esa explicación es insuficiente ‘para considerar cumplida la declaración contenida en el fallo de la sentencia dictada por el Tribunal Supremo [en diciembre de 2010], de que el castellano se utilice también como lengua vehicular en el sistema educativo de la Comunidad Autónoma de Cataluña, [...] de modo que el mismo no quede reducido en su uso al de objeto de estudio de una asignatura más, sino que se haga efectiva su utilización como lengua docente y vehicular de la enseñanza’.
Convivencia presentará una querella criminal si no se cumple la sentencia
El TSJC permite a la Generalidad determinar ‘la proporción’ del uso entre ambas lenguas, y considera aceptable, de forma ‘transitoria’, ‘otorgar al catalán un trato diferenciado sobre el castellano en una proporción razonable’, siempre que ‘no haga ilusoria o simplemente constituya un artificio de mera apariencia en la obligada utilización del castellano como lengua vehicular’. Las sentencias del Supremo, más concretamente, establecían ‘que el castellano sea reintroducido como lengua vehicular de forma proporcional y equitativa en relación al catalán en todos los cursos del ciclo de enseñanza obligatoria’.
Desde Convivencia Cívica Catalana, entidad que ha iniciado el proceso judicial, se han felicitado porque el TSJC exija a la Generalidad la aplicación de las sentencias del Tribunal Supremo. Su abogado, Ángel Escolano, ha declarado a LA VOZ DE BARCELONA que si la consejera de Enseñanza, Irene Rigau, no cumple estos autos presentarán una querella criminal contra ella por prevaricación (delito que lleva asociada una pena de inhabilitación para cargo público de entre siete y diez años) y por desobediencia a los tribunales (que podría costarle una multa de tres a doce meses y la inhabilitación para cargo público por entre seis meses y dos años).
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